México dicta sentencia antidumping definitiva sobre chapa de acero inoxidable laminada en frío en China
El 1 de octubre de 2020, la Secretaría de Economía de México emitió un anuncio en el Diario Oficial, emitiendo un fallo final antidumping contra las planchas de acero inoxidable laminadas en frío (en español: productos planos de acero inoxidable laminados en frío) originarias de China y Taiwán. , China. Todos los productos involucrados en el caso están sujetos a derechos antidumping de 0,63 $ EUA / kg; Se imponen derechos antidumping de 0,61 dólares EE.UU. / kg y 0,05 dólares EE.UU. / kg sobre los productos en cuestión en el caso de Hoka Elements Co. Ltd. y Yuan Long Stainless Steel Corp. en Taiwán. No se aplican derechos antidumping a otras empresas de Taiwán. El anuncio entrará en vigor al día siguiente de su emisión. Los productos involucrados no incluyen paneles de espejo 8K, tableros con relieve de espejo 8K, placas de acero inoxidable BA con un espesor de menos de 0,3 mm, placas de acero inoxidable BA con un espesor de más de 1,2 mm y placas de acero inoxidable con un ancho de más de 1319 mm. Este caso involucra productos bajo los números de impuestos TIGIE 7219.34.01, 7219.35.01, 7220.20.02, 9802.00.01, 9802.00.02, 9802.00.03, 9802.00.07, 9802.00.10, 9802.00.13 y 9802.00.19.
El 5 de abril de 2019, la Secretaría de Economía de México emitió un anuncio en el diario oficial de que decidió iniciar una investigación antidumping contra las planchas de acero inoxidable laminadas en frío originarias de China y Taiwán, en respuesta a la solicitud de la empresa local. Outokumpu Mexinox, SA de CV. El período de investigación de dumping de este caso es del 1 de octubre de 2017 al 30 de septiembre de 2018 y el período de investigación de daños es del 1 de octubre de 2015 al 30 de septiembre de 2018. El 21 de noviembre de 2019, el La Secretaría de Economía de México emitió un anuncio en el boletín oficial, emitiendo resoluciones preliminares antidumping sobre planchas de acero inoxidable laminadas en frío originarias de China y Taiwán, y decidiendo continuar las investigaciones antidumping y expropiaciones contra productos originarios de China. Derechos antidumping temporales: el 121,46% de los derechos antidumping se impusieron a los productos de Shanxi Taigang Stainless Steel Co. Ltd. involucrados en el caso, y el 88,42% de los derechos antidumping se impusieron a productos de otros exportadores chinos involucrados; Las investigaciones antidumping continúan para los productos involucrados en el caso producidos en Taiwán, China, y los derechos antidumping temporales no se cobrarán temporalmente.